Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
Ernesto Michel Mendoza, Comandante Departamental de la Policía Boliviana de Tarija, no presentó informe alguno, tampoco se presentó en audiencia, encontrándose presente el Asesor Legal de la Institución Castrense, quien manifestó que la autoridad accionada se encontraba en camino, pero que al padecer una recaída de la enfermedad de cáncer le impidió su asistencia a la audiencia de acción de libertad formulada en su contra.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 9
- III.2.La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se debe hacer referencia al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.3.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR