SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0253/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0253/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

b)

b) En cuanto a la falta de remisión del cuaderno procesal ante el juzgado siguiente, se evidencia que, mediante memorial de 31 de julio de 2014, el coimputado Moisés Alejandro Barba Sosa, formuló recusación contra el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, argumentando la concurrencia de la causal descrita en el art. 316 inc. 3) del CPP, motivando que la indicada autoridad judicial, emita Auto de 1 de agosto del mismo año allanándose; sin embargo, también se evidencia que, la remisión del cuaderno procesal al juzgado siguiente en número, se produjo recién el 22 del señalado mes y año; es decir, luego de veintiún días de haberse apartado del conocimiento de la causa.