SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2015-S2

Fecha: 26-Feb-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alega como vulnerados sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral y a la remuneración, debido a que, a raíz de un contrato que suscribió con la empresa “DESSAU International Inc. Sucursal Bolivia”, desempeñaba funciones como Especialista de Control de Proyectos; sin embargo, en virtud del memorándum de preaviso de cesación de trabajo que le entregó la Administradora de dicha empresa, cumplió dichas funciones hasta el 2 de enero de 2014, y pese a que alegó estabilidad laboral, la referida empresa mantuvo firme y vigente el aludido memorándum, razón por la cual acudió a la Jefatura Departamental del Trabajo de Cochabamba, denunciando que su despido no estuvo sustentado en una de las causales del art. 16 de la LGT, por lo que dicha institución dispuso su reincorporación, que fue incumplida por la empresa ahora demandada, interponiendo más bien recurso de revocatoria contra la conminatoria, indicando que habría demostrado desinterés y retrasos en el cronograma de trabajo.