SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2015-S2

Fecha: 26-Feb-2015

III.2.      De la legalidad ordinaria

La jurisprudencia constitucional ha consolidado a través de diferentes Sentencias, que la interpretación de la legalidad ordinaria, se constituía en facultades propias de jurisdicción ordinaria y que la jurisdicción constitucional no puede ingresar a revisar o interferir en la función de estos órganos.