SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0300/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0300/2015-S2

Fecha: 26-Feb-2015

1)

Presentando sus alegatos, con la conformidad del juez, expresó que: 1) Observa la inexistencia de notificación a los accionados manifestando la situación de indefensión en la que se los colocaba; 2) Contrariamente a lo antes aseverado; refiere que los accionados fueron notificados el día previo a la audiencia a “horas 18” (sic), por lo que en consideración a la distancia sus defendidos no pudieron llegar a audiencia; y, 3) Respecto a su personería o mandato de representación expone que al haber sido notificados con tan escaso tiempo y por estar él en un lugar diferente a sus clientes; no hubo oportunidad de otorgársele el poder.