SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0300/2015-S2
Fecha: 26-Feb-2015
Fragmento 21
Bajo ese mismo razonamiento, si bien es la Ley (477) que le otorga una nueva competencia a los jueces agroambientales no será posible que un juez agroambiental, por cuestiones de competencia pueda resolver situaciones donde se evidencien medidas de hecho vinculadas al avasallamiento, cuando se traten de predios o inmuebles donde no se advierta que el destino de la propiedad y las actividades desarrolladas no sea agroambiental, este mandato emerge de la propia jurisdicción agroambiental estatuida en el capítulo tercero, de la Ley Fundamental, otorgando como potestad exclusiva de administrar justicia agraria al Tribunal Agroambiental y sus juzgados en aquellos conflictos propios de la jurisdicción agroambiental. A contrario sensu los jueces agroambientales podrán obrar con la competencia otorgada por la ley de referencia aun cuando el predio en cuestión se encuentre dentro del radio urbano, siempre y cuando se advierta que el destino del mismo sea agroambiental.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la Ley Contra el Avasallamiento y Tráfico de Tierras y su vinculación con el derecho de propiedad
- Establecer el régimen jurisdiccional que permita al Estado resguardar, proteger y defender la propiedad privada individual y colectiva, la propiedad estatal y las tierras fiscales de los avasallamientos y el tráfico de tierras
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- III.2. Mecanismo o vía jurisdiccional de defensa idónea ante avasallamientos en predios agrarios o rurales y la nueva modulación sobre la excepción al principio de subsidiariedad
- siendo su admisión en el día y se señalará en el plazo de 24 horas día y hora
- , es el carácter agrario de la propiedad,
- Fragmento 21
- modulado y consolidado la línea y competencia del Tribunal Constitucional Plurinacional
- Fragmento 23
- III.3. La jurisprudencia constitucional en el tiempo Jurisprudencia constitucional retrospectiva
- se añade la prohibición de aplicar retroactivamente un precedente que podría restringir el derecho de acceso a la justicia constitucional
- Fragmento 26
- III.4. Las medidas de hecho vinculadas al avasallamiento y su tratamiento desde el orden constitucional
- III.5.
- nueva interpretación jurisprudencial
- CONFIRMAR