Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0058/2015-RCA
Fecha: 16-Mar-2015
I.3. Petitorio
Solicita: se declare “procedente” la acción y “se ordene al CONSEJO MUNICIPAL DE SACABA, a que nos otorgue las copias fotostáticas legalizadas de la personería jurídica de fecha 26/12/2.014 y documentos presentados en calidad de prueba para dicho efecto, de esta manera poder verificar la legalidad o ilegalidad de la prueba literal acompañados” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- I.
- Fragmento 6
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 8
- legitimación activa cuando un sujeto jurídico determinado - sujeto activo - se encuentre en la posición que fundamenta la titularidad de la acción, en ese sentido, tendrá legitimación activa quien sea titular de uno de los derechos fundamentales o garantías constitucionales establecidas en la Constitución Política del Estado'
- al momento de admitir la acción, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo, y ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
- II.4. Análisis del caso concreto