AUTO CONSTITUCIONAL 0073/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0073/2015-RCA

Fecha: 31-Mar-2015

1)

El accionante refiere que: 1) La ABT de Pando, procedió a ejecutar una Resolución Administrativa en base a una diligencia realizada en un domicilio donde no había nadie, y no notificó en el domicilio especial señalado, poniéndole en un estado de indefensión, impidiendo hacer uso de los recursos de revocatoria y jerárquico; 2) Interpuso recurso de nulidad de notificación en el mes de septiembre de 2014, resuelto después de cuatro meses a consecuencia de un amparo constitucional que obligó a que se resuelva en el plazo de cinco días; 3) Agotó la vía administrativa con el incidente de notificación viabilizando la acción de amparo constitucional, ante un acto indebido que restringe su derecho a la defensa; 4) Los argumentos de la resolución de rechazo del incidente de nulidad son forzados; y, 5) Presentó la acción de amparo constitucional en razón a que en el proceso administrativo sancionador se le obligó a apersonarse y señalar domicilio procesal y especial que no fue tomado en cuenta efectuando una notificación irregular.