AUTO CONSTITUCIONAL 0073/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0073/2015-RCA

Fecha: 31-Mar-2015

improcedencia

La Sala Civil, Familiar, Social, de la Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, por Resolución 9 de 20 de febrero de 2015, cursante a fs. 51 y vta., declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional bajo los siguientes fundamentos: a) El Auto Administrativo AD-ABT DPPA-PAS-74/2015, resolvió el incidente desestimando la nulidad de notificación incoada por César Soria Mejido en representación de Leopoldo Fernández Ferreira, contra la notificación con la RA RD-ABT-DDPA-PAS-011/2013, y por consiguiente mantener firme y subsistente la ejecutoria de la misma, que no fue objeto de impugnación por el accionante; y, b) Pretende anular actuaciones dentro de la demanda administrativa que sigue ABT de Pando contra Leopoldo Fernández Ferreira al pretender buscar nulidades a actuaciones que no son inherentes a la acción de amparo constitucional a la que necesariamente debió acompañar poder que acredite su personería como dispone el art. 33.1 del Código Procesal Constitucional (CPCo).