AUTO CONSTITUCIONAL 0073/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0073/2015-RCA

Fecha: 31-Mar-2015

II.3. Análisis del caso concreto

El accionante refiere que el 29 de agosto de 2011, cuando se encontraba en las oficinas de la ABT de Pando, le notificaron por Leopoldo Fernández Ferreira con el Auto Administrativo AD-ABT-DDPA-PAS-091/2011 (fs. 4 vta.) motivo por el que, por memorial interpuesto el 1 de septiembre de ese año (fs. 5 a 6), dio a conocer que la notificación era ilegal, pues no contaba con poder especial para representar al administrado en el proceso sumario administrativo.

Para resolver el caso en revisión, se llega a establecer, que el hoy accionante en el caso de autos, no acreditó el mandato otorgado por Leopoldo Fernández Ferreira; es decir, no presentó poder suficiente y específico que acredite que cuenta con representación para interponer la presente acción de amparo constitucional (fs. 46 a 50 vta.) conforme mandan los arts. 129.I de la CPE y 33.1 del CPCo.