AUTO CONSTITUCIONAL 0102/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0102/2015-CA

Fecha: 20-Mar-2015

Fragmento 11

De la compulsa de los datos del expediente, se advierte que la Resolución 43/2015 de 18 de febrero, cursante de fs. 37 a 41 vta., pronunciada por la Sala Primera del Tribunal Agroambiental, que promovió la solicitud de la acción de inconstitucionalidad concreta demandando la inconstitucionalidad de la Disposición Final Vigésima del DS 29215 de 2 agosto de 2007 y el art. 110 inc. f) del DS 29894 de 7 de febrero de 2009, por ser presuntamente contrarios a los arts. 8, 9.2, 13, 115.II, 119.I, 123, 178, 256.I y 410.II de la CPE. Por otra parte de la verificación de la base de datos del sistema de Resoluciones que emitió el Tribunal Constitucional Plurinacional, se verificó con relación a la problemática formulada, que las normas impugnadas, ya fueron sometidas a control de constitucionalidad, bajo ese entendido la SCP 1548/2013 de 13 de septiembre, declaró la constitucionalidad de la Disposición Final Vigésima del DS 29215 y la       SCP 0671/2014 de 8 de abril, declaró la constitucionalidad del art. 110 inc. f) del DS 29894; por consiguiente, la problemática examinada incurre en la causal de rechazo de la presente acción constitucional, establecida en el art. 27. II inc. a) del CPCo.