AUTO CONSTITUCIONAL 0127/2015-CA
Fecha: 31-Mar-2015
rechazó
Por Resolución 01/2015 de 3 de marzo, cursante de fs. 58 a 67, la Autoridad Sumariante del Ministerio Público del departamento de Santa Cruz, rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta bajo los siguientes fundamentos: 1) No existe ningún fundamento valedero que indique que las normas tildadas de inconstitucionales, lleguen a establecer duda razonable con relación a preceptos constitucionales; 2) La acción contiene una redacción de difícil comprensión del cual no se puede establecer cuál es el agravio que genera la normativa señalada de inconstitucional y tampoco permite efectuar una valoración porqué son contraria a la Constitución Política del Estado; y, 3) En el trámite del proceso disciplinario, la Fiscal demandada, no presentó ningún tipo de incidente o excepción; sin embargo, dio por sentado, que no se le dio oportunidad para hacerlo por efecto de la restricción de la disposición ahora cuestionada.
- Autoridad Sumariante del Ministerio Público del departamento de Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.4. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- RATIFICAR