DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0084/2015
Fecha: 19-Mar-2015
Artículo 88. Presupuesto municipal
I. El presupuesto municipal –que contemplará la totalidad de los recursos financieros y gastos del Municipio- se realizará en función a la planificación anual de desarrollo municipal, la disposición que establece la distribución de recursos, los requerimientos financieros, el techo presupuestario fijado para el año aprobado por el Concejo Municipal, previo pronunciamiento de consenso de asignación presupuestaria de la Asamblea Municipal de desarrollo Integral, pudiendo ser modificado según necesidad, cumpliendo con los procedimientos y condiciones legales emitidas por el nivel central de Estado. Podrá también el Organismo Local de Control Social Permanente pronunciarse. En caso de modificaciones presupuestarias se hará según necesidad, cumpliendo con los procedimientos y condiciones legales emitidas por el nivel central del Estado.
- constitucionalidad de
- Examen de constitucionalidad del art. 48 inc. i)
- Fragmento 3
- “Artículo 63. Control social integral a la Gestión Municipal
- Artículo 74. Proceso de contratación y licitación
- Artículo 88. Presupuesto municipal
- Examen de constitucionalidad de los artículos citados
- Fragmento 8
- “Artículo 91. Estructura y jerarquía normativa autonómica
- Examen de constitucionalidad del art. 91
- que el Concejo Municipal, como órgano legislativo del gobierno autónomo municipal, es titular de las facultades Deliberativa, Legislativa y Fiscalizadora, en tanto que el Órgano Ejecutivo del gobierno autónomo municipal, presidido por el Alcalde, es titular de las facultades Reglamentaria y Ejecutiva.
- Por lo que de acuerdo al nuevo texto constitucional, serán las leyes municipales, emitidas por el Órgano Legislativo-Concejo Municipal, las encargadas de legislar las competencias asignadas a los gobiernos autónomos municipales, mientras que los decretos municipales, emitidos por el Órgano Ejecutivo-Alcalde, las normas encargadas de reglamentar las leyes municipales.
- a)
- 1)