Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), manifiestan su disidencia Respecto a la DCP 0074/2015 de 10 de marzo, correlativa a la DCP 0049/2014 de 25 de septiembre, Por los fundamentos de orde
Fecha: 10-Mar-2015
II.1.
En este entendido, sostenemos que la DCP 0074/2015, no guardó coherencia respecto a determinados aspectos que se puntualizarán a continuación; sin embargo, este acápite no implica manifestación de conformidad o inconformidad con la decisión asumida, sino solamente se considerarán aspectos que los suscritos creen que afectan al principio de congruencia, aclarando que el análisis sobre el fondo de las decisiones asumidas por la referida Declaración Constitucional Plurinacional se realizarán en su oportunidad en el Fundamento II.2. del presente voto disidente.