Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2015-S3
Fecha: 06-Mar-2015
II.3.
II.3. El actual demandado, mediante memorial presentado el 21 de mayo de 2014, dirigido al Inspector Regional del Trabajo de Riberalta -ya referido-, expresó que de acuerdo a la documentación que se le adjunta, evidenció que se efectuó un proceso sumario administrativo en contra del ahora accionante, en su condición de ex Portero de la Empresa a la que representa y “…de acuerdo a la Recomendación del sumario administrativo se lo ha Despedido por Justa Causal” (sic), señalando que se pagaría al ex funcionario los beneficios sociales que le correspondan menos el desahucio y que no existe posibilidad alguna de reconsiderar la determinación que se asumió (fs. 13).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre el cumplimiento de la conminatoria de reincorporación emitidas por las Jefaturas Departamentales del Trabajo por parte del empleador
- 3) En aquellos casos en que la trabajadora o trabajador
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR