Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2015-S3
Fecha: 06-Mar-2015
a)
Carlos Armando Aponte, Fiscal de Materia, requirió que se conceda la tutela, indicando que: a) Lo que se trata de proteger es el bien jurídico superior; al respecto, el accionante presentó un documento de reconocimiento ad vientre; b) Si bien se hizo referencia a una denuncia penal, el Ministerio Público tiene que investigar la veracidad o no de la querella presentada; y, c) Los documentos referidos al reconocimiento ad vientre, ya fueron evaluados por la Jefatura Departamental de Trabajo de Beni; por lo que, existe una conminatoria de reincorporación.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Protección constitucional a la orden de reincorporación laboral, dispuesta por las Jefaturas Departamentales de Trabajo.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR