Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2015-S3
Fecha: 05-Mar-2015
II.4.
II.4. Acta de Audiencia de Juicio Oral de 31 julio de 2014, en la que el abogado de la defensa fundamentó de forma oral la excepción presentada, que fue rechazada, y ante la interrogante del Presidente del Tribunal de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, sobre si la defensa iba a hacer uso de la reserva de apelación, el abogado, ahora representante de la parte accionante, hizo reserva de apelación, refiriendo que la misma sería presentada por escrito. (fs. 170 a 184).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR