Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2015-S3
Fecha: 05-Mar-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante estima lesionados sus derechos a la libertad, al debido proceso, a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, ya que dentro del proceso penal seguido en su contra, las autoridades hoy demandadas no consideraron la excepción de extinción de la acción por duración máxima del proceso que fue presentada antes de la posesión de los jueces ciudadanos, misma que no se resolvió hasta la celebración de audiencia de juicio, en la que además de reiterarse actuados procesales que hacían a la extinción, la misma fue resuelta en forma indebida por los jueces ciudadanos, quienes no tenían competencia para resolver la excepción presentada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR