SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0248/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0248/2015-S3

Fecha: 20-Mar-2015

concedió

La Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Resolución 176/2014 de 15 de julio, cursante de fs. 239 a 240 vta., concedió la tutela, disponiendo que el Juez Quinto de Instrucción en lo Civil del mismo departamento, en la vía incidental, califique las mejoras introducidas por los accionantes para su pago y posterior desocupación del inmueble objeto de la controversia, quedando suspendido el mandamiento de desapoderamiento librado hasta la cancelación efectiva de las mejoras; ello, bajo los siguientes razonamientos: a) Dentro del proceso sumario sobre mejor derecho propietario, acción negatoria, desocupación y entrega de bien inmueble ubicado en la zona Sur, UV 178, manzana 32, lote 3, con una superficie de 429,86 m2 seguido por Nancy Urizar García -hoy tercera interesada- contra Manuel García y Emilia Rojas de García, se dictó Sentencia el 3 de septiembre de 2013, declarando improbada la demanda de mejor derecho propietario; y, probada en parte la acción negatoria; b) Según el oficial de diligencias, los demandados no fueron encontrados en su domicilio, estando en posesión del mismo los actuales accionantes, conforme consta en el acta de inspección judicial de 20 de noviembre de 2012, habiéndose introducido mejoras, como ser: la construcción de dos dormitorios, una cocina y un baño con techado colonial; y, c) Si bien es evidente que la sentencia que resolvió la demanda de la tercera interesada, no alcanza a los accionantes, al ser los actuales poseedores del bien inmueble, dicha resolución reconoció que son titulares de las mejoras introducidas en el inmueble objeto de la litis, habiéndose omitió disponer su pago; por ende, en virtud a los arts. 115 y 117.I de la CPE, en ejecución de sentencia, el Juez de la causa debió calificar las mejoras en la vía incidental a fin de garantizar su derecho patrimonial.