Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0248/2015-S3
Fecha: 20-Mar-2015
II.2.
II.2. Mediante Sentencia 45 de 3 de septiembre de 2013, el Juez ahora demandado declaró probada en parte la demanda de acción negatoria, desconociendo el derecho propietario o cualquier derecho real sobre cosa ajena a favor de los demandados; e, improbada, en cuanto al mejor derecho. Consiguientemente dispuso la desocupación y la entrega del mismo a la demandante, otorgando el plazo de treinta días de su notificación, bajo prevención de ordenar su lanzamiento con ayuda de la fuerza pública (fs. 125 a 128 vta.).