SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0282/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0282/2015-S1

Fecha: 02-Mar-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

A objeto de comprobar las obligaciones tributarias correspondientes al Impuesto de Valor Agregado (IVA) e Impuesto a las Transacciones (IT) de la gestión 2004, el SIN de Yacuiba amparada en las facultades conferidas por los arts. 66 y 100 del Código Tributario Boliviano (CTB), dispuso la verificación impositiva al contribuyente empresa “SERVICH S.R.L.”, determinándose la base imponible sobre base cierta, notificándosele con la Vista de Cargo 610-FE-61-0075-054-08 y la Resolución Determinativa 28/2008 de 21 de octubre de 2008.

De forma posterior, por Auto Supremo 003/2014 de 4 de febrero, se declaró probada la demanda (contencioso tributaria), disponiendo dejar sin efecto la Resolución Determinativa 28/2008, vulnerando el debido proceso en sus componentes de adecuada valoración de la prueba, motivación, fundamentación y congruencia, efectuando apreciaciones incorrectas por no haber tenido en cuenta que el sujeto pasivo no presentó declaraciones juradas correspondientes a los periodos objeto de fiscalización en inobservancia de la norma, aspectos que fueron demostrados en la Vista de Cargo y la Resolución Determinativa referidas precedentemente así como en el Informe de Actuaciones GDY/DF/FE/227/08.