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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0287/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0287/2015-S3

    Fecha: 19-Mar-2015

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • Fragmento 3
    • denegó
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • el Código de procedimiento penal al prever la existencia de un órgano jurisdiccional competente para conocer y resolver de manera directa y expedita, las supuestas vulneraciones a los derechos y garantías que pudieran tener origen en los órganos encargados de la persecución penal;
    • En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • ES OTRO DELINCUENTE DE LA BANDA CRIMINAL
    • CONFIRMAR

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