SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0299/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0299/2015-S1

Fecha: 20-Mar-2015

denegó

El Juez Séptimo de Partido y Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías mediante Resolución 12/2014 de 2 de septiembre, cursante de fs. 44 a 48 vta., denegó la tutela solicitada, considerando que: 1) Su autoridad solo puede analizar si ha habido violaciones al debido proceso y no así la prueba o actos procesales, que deben ser analizados en la vía ordinaria, previa solicitud del afectado; 2) Para abrir la jurisdicción constitucional debe haberse agotado todas las instancias, etapas procesales y recursos que la ley franquea; 3) En el presente caso las autoridades demandadas realizaron los actos procesales, conforme a los plazos previstos por el Código de Procedimiento Penal, según el análisis de las actuaciones realizadas y como lo manifestó el propio accionante; y, 4) No se evidencia vulneración al debido proceso ni al principio de celeridad, al haber los demandados dado el impulso procesal correspondiente.