Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0302/2015-S3
Fecha: 25-Mar-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En su calidad de detenido preventivo en el penal de San Pedro, por su deteriorado estado de salud, el 21 de agosto de 2014, solicitó la modificación y/o revocación de la medida cautelar impuesta, reiterando su petición el 28 de igual mes y año, sin que hasta la fecha se haya señalado día y hora para la celebración de dicho acto procesal.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- ii) Respecto de la falta de
- 2)
- CONFIRMAR