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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0314/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0314/2015-S3

    Fecha: 27-Mar-2015

    II.2.

    II.2.  Por actas circunstanciadas de elección y posesión del Directorio del SINEC gestión 2012, consta que luego del acto electoral verificado el 25 de mayo de 2012, el nuevo Directorio quedó conformado por un representante de “FINDESA”, de la Cooperativa San Luis, de “HERRACRUZ” y del “SEDCAM” (fs. 5 a 6 y 120 a 123).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • 1)
    • Fragmento 5
    • a)
    • denegó
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5
    • II.6.
    • II.7.
    • II.9.
    • III.
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • CONFIRMAR

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