SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0316/2015-S2
Fecha: 20-Mar-2015
II.4.
II.4. Por memorial de 19 del mes y año antes mencionados, Estanislao Pérez Fernández, denunció indebido procesamiento, se apersonó y justificó inasistencia, hizo conocer defectos absolutos y pidió la nulidad del acta de suspensión de audiencia Auto 76/2014, declaratoria de rebeldía y mandamiento de aprehensión; asimismo, solicitó señalamiento de audiencia de medidas cautelares, en el entendido de que no fue valorada la documentación pertinente que acreditaba su ausencia fuera del país, tales como pasajes, boleto de viaje, tarjeta migratoria e itinerario de vuelo, mereciendo la providencia que señalaba: “No ha lugar, toda vez que no se adjuntó poder de representación para solicitar suspensión de audiencia siendo una cuestión de fondo”, concluyendo en una irregular audiencia efectuada sin la presencia de los sujetos procesales (fs. 204 a 206 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad y el debido proceso
- III.3. La declaratoria de rebeldía y los supuestos de cesación por comparecencia del rebelde en el proceso penal
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo