AUTO CONSTITUCIONAL 0098/2015-RCA
Fecha: 23-Abr-2015
b)
b) En relación al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, y el Viceministerio de Empleo, Servicio Civil y Cooperativas, solicita dejar sin efecto: 1) La Resolución MT/MESCyCOOP/DGSC/JRLeI/RC/AR-019/2014 de 18 de agosto que rechazó el recurso jerárquico interpuesto contra la Resolución RA-PE-03-288-13 de 31 de diciembre de 2013; 2) La Resolución MT/MESCyCOOP/DGSC/JRLeI/RL/AR-032/2014 de 10 de septiembre, rechazando el recurso jerárquico interpuesto contra la Resolución RA-PE-03-104-14 de 1 de abril de 2014; y, 3) La Resolución MT/MESCyCOOP/DGSC/JRLeI/RL/AR-040/2014 de 24 de octubre de 2014, que resuelve rechazar el recurso jerárquico interpuesto contra la Resolución RA-PE-03-233-14 de 4 de septiembre de 2013.
Asimismo, como efecto de la anterior decisión, solicita se le ordene a la Presidenta Ejecutiva a.i. de la ANB, proceda a la restitución inmediata a su cargo de funcionaria de carrera de Jefe del Departamento de Normas y Procedimientos de la Gerencia Nacional de Normas de la ANB (oficina central), reconocido por la Superintendencia del Servicio Civil por Registro de Funcionario de Carrera 046-TC-0702, más el pago de daños y perjuicios ocasionados, y determinación de otras responsabilidades que las autoridades adviertan.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- b)
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Requisitos previstos por el art. 33 del CPCo, para la presentación de la acción de amparo constitucional
- el Tribunal o Juez de garantías al momento de determinar la admisión o rechazo de la acción de amparo constitucional, debe considerar no sólo que la solicitud sea clara y coherente, sino que guarde relación con los hechos denunciados y los derechos invocados
- Resultando imprescindible que el accionante, además de señalar los hechos que considera lesionaron sus derechos, debe establecer entre ambos, un nexo de causalidad como presupuesto esencial para la admisión del recurso.
- es imprescindible identificar cada derecho y explicar los motivos por los que se consideran lesionados y la forma en que se los habría vulnerado, de no hacerlo así no se cumple con el requisito de contenido antes referido
- II.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR