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    AUTO CONSTITUCIONAL 0165/2015-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0165/2015-CA

    Fecha: 30-Abr-2015

    2°

    2°              ADMITIR la acción de inconstitucionalidad concreta, formulada por Carlos Perfecto Quispe Ramos, demandando la inconstitucionalidad del art. 14.incs 14) y 17) y la Disposición Adicional Primera de la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana a partir de su legal notificación.

    • Fragmento 1
    • I. ANTECEDENTES DE LA ACCION
    • numeral 17, del referido artículo al ser encontrado en flagrancia cometiendo acciones delincuenciales dolosas o en vinculación con personas del hampa
    • I.2. Respuesta a la solicitud
    • rechazó
    • II.1.  Normas  jurídicas  impugnadas  y  preceptos  constitucionales supuestamente infringidos
    • Promovida la acción o no, la autoridad deberá remitir al Tribunal Constitucional Plurinacional su decisión junto con las fotocopias legalizadas de los antecedentes que sean necesarios
    • la Comisión de Admisión de este Tribunal Constitucional Plurinacional, debe verificar la asistencia de los requisitos previstos en el art. 24 del CPCo, en cada acción, recurso, conflicto o consulta, observar el incumplimiento de alguno de ellos, otorgando plazo para la subsanación
    • II.3.  Marco normativo constitucional y legal
    • II.4. Análisis del caso concreto
    • 2°
    • 3º               Poner

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