ESENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0397/2015-S2
Fecha: 20-Abr-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Se encuentra detenido preventivamente en el recinto penitenciario de San Pedro de Chonchocoro desde el 18 de julio de 2013, encontrándose en riesgo su vida al interior de éste, ya que Luís Eduardo Antonio Sanjinés Marzluff por terceras personas, ofreció $us20 000.- (veinte mil dólares estadounidenses) por su “asesinato”, recibiendo amenazas de Benjamín Quispe y Juan Carvajal. Manifestó que en el bloque en el que estuvo refugiado, fue presionado por el delegado para que se vaya del mismo, pues su “asesinato es seguro” si sale del mismo, razón por la que interpone la presente acción de defensa.
Refirió también que el proceso penal llevado en su contra, tiene como antecedente conflictos de derecho propietario sobre terrenos ubicados en la zona de Achocalla en el departamento de La Paz, indicando que se trata de una cuestión civil, no así penal, ya que Luís Eduardo Antonio Sanjinés Marzluff con documentos falsos puso a la venta ochenta hectáreas, estando “en juego más de $us10 000 000.- (diez millones de dólares estadounidenses), situación que encubierta por los jueces y fiscales de El Alto, pues conocen muy bien estos hechos. En ese sentido, al ser vecino y dirigente de una urbanización que se encuentra en dichos fundos, denunció una serie de irregularidades, siendo encarcelado con otros dirigentes, por lo que en caso de su deceso, el Estado será responsable de indemnizar a su familia, ya que pidió su libertad para salvar su vida.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- solicitará que se guarde tutela a su vida
- así como a la vida, cuando esté en peligro
- su naturaleza procesal, se establece que se encuentra revestida o estructurada con una tramitación especial y sumarísima, reforzada por sus características de inmediatez en la protección, informalismo, generalidad e inmediación; procede contra cualquier servidor público o persona particular, es decir, no reconoce fueros ni privilegios
- III.2. La acción de libertad instructiva
- en que el derecho a la libertad se encuentra vinculado al derecho a la vida, fundamentalmente en los casos de desaparición forzada de personas, y tiene como objeto identificar el paradero de la víctima, disponer su libertad e individualizar a los autores del hecho, garantizándose el derecho a la vida y también el derecho a la integridad física.
- No todas las lesiones al debido proceso, pueden ser reclamadas y reparadas por este medio de defensa, sino sólo aquellas que cumplan los presupuestos fijados por la jurisprudencia constitucional; por cuanto, las infracciones al debido proceso en cualquiera de sus elementos, necesariamente deberán ser reparadas por los medios legales que el orden jurídico penal prevé, ante la persistencia de la vulneración, recién podrá acudirse a esta jurisdicción a través de la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo