Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0351/2015-S1
Fecha: 13-Abr-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante a través de su abogado se ratificó en los términos del memorial de la presente acción y ampliándola manifestó que los miembros del mencionado Comité de Nominaciones no informaron con relación a la determinación que asumieron sobre su impugnación y que la petición no es respecto al fondo de la misma, sino sobre el estado en que se encuentra ésta.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el derecho a la petición
- 1. La existencia de una petición oral o escrita; 2. La falta de respuesta material y en tiempo razonable a la solicitud y 3. La inexistencia de medios de impugnación expresos con el objetivo de hacer efectivo el derecho de petición
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR