SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0363/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0363/2015-S3

Fecha: 10-Abr-2015

I.2.3. Intervención de la tercera interesada

El abogado de Mirtha Ritz Howard, en audiencia señaló que, ratificó el informe presentado por las autoridades demandadas e indicó que el accionante no objetó el acta de conciliación en su debido momento y que notificado con la resolución final de saneamiento, debió impugnarla en el plazo de treinta días ante el Tribunal Agroambiental mediante proceso contencioso administrativo y reclamar los vicos que se hubieren cometido en el proceso de saneamiento.