Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0363/2015-S3
Fecha: 10-Abr-2015
iii)
iii) Los representantes de los predios en conflicto, entre estos Carlos Dapara “Eyguana” por el predio “Cardozo” y Guillermo Arturo Urquiola Castrillo -hoy tercero interesado- por el predio “El Desafío” suscribieron un acta de conciliación, en la cual dividieron el total de hectáreas en forma vertical, con lo que se solucionó el problema de sobre posición identificada;
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones, a menos que la accionante hubiera manifestado de manera precisa una errónea valoración de la prueba
- III.2. Análisis del caso concreto.
- iii)
- iv)
- vi)
- CONFIRMAR