SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0374/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0374/2015-S2

Fecha: 15-Abr-2015

denegó

El Tribunal Noveno de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución de 2 de octubre de 2014, cursante de fs. 21 a 22 vta., denegó la acción de libertad, en base a los siguientes fundamentos; a) En el caso de autos, como se señaló precedentemente, el accionante desde el inicio de la investigación estuvo bajo el control jurisdiccional del Juez Décimo Quinto de Instrucción en lo Penal del mismo departamento, por lo que en primera instancia, en conocimiento de que estaba siendo víctima de vulneración de derechos y garantías, debió acudir directamente al juez del control jurisdiccional y solicitar que se restablezcan sus derechos constitucionales y se resuelva su situación jurídica; b) La audiencia cautelar señalada no debió ser suspendida por la Jueza, toda vez que la interposición de la presente acción y su correspondiente tramitación no es motivo para que los tribunales ordinarios suspendan audiencias de medidas cautelares que impliquen al accionante; al haberla suspendido, incurrió en omisión indebida al no ejercer su rol de control jurisdiccional; será esa autoridad la que determine la detención o libertad del imputado y no el tribunal de garantías; y, c) Con relación al principio de subsidiariedad primero se debe acudir al Juez de Instrucción en lo Penal antes que a la vía constitucional.