SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0381/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0381/2015-S2

Fecha: 08-Abr-2015

II.1.

II.1.  El 10 de diciembre de 2001, Concepción Sánchez Maldonado y Liboria Andrade Arnez suscribieron un documento privado de contrato de alquiler en favor de Hermenegildo Carbajal Álvarez y Natalia Sarabia Megia sobre un lote de terreno con una superficie de media hectárea, ubicado en el sector de Tucma Baja, provincia Mizque del departamento de Cochabamba, por la suma libremente convenida de Bs2000.- (dos mil bolivianos) que los propietarios declararon recibir en su integridad y de manera adelantada; el término del contrato de alquiler se estableció por dos años y medio computables a partir del 1 de febrero de 2002; comprendiendo el terreno con todos sus usos, costumbres, servidumbres además de su respectivo riego del tiempo de tres horas provenientes del río Tucma, al vencimiento los trabajadores quedaban comprometidos a restituir el terreno motivo del contrato sin necesidad de ningún requerimiento (fs. 3).