Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0386/2015-S3
Fecha: 22-Abr-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 22 de septiembre de 2014, cursante de fs. 107 a 109 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Gloria Roxana Iriarte De La Fuente de Scott contra Amparito Marcela y Roberto Carlos Iriarte De La Fuente, Gerente Administrativa y Gerente de Operaciones, respectivamente, de la fábrica de muebles metálicos “Talleres IRBA Ltda.”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo; entidades que deberán asumir el trámite previsto por el DS 0495, emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional
- 2) Aclarando que la conminatoria dispuesta por el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, en los alcances del DS 0495, no constituye una resolución que defina la situación laboral de la trabajadora o el trabajador,
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte