SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0391/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0391/2015-S3

Fecha: 22-Abr-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Fue contratada por la ASFI como consultora individual de línea, en el cargo de Profesional Auditora Financiera prestando sus servicios desde el 23 de marzo de 2012 al 31 de diciembre de igual año; solicitando a la conclusión del mismo, a la Directora Ejecutiva a.i. ahora demandada, el pago de sus duodécimas de aguinaldo, recibiendo como respuesta la nota ASFI/JRH/R-695/2014 de 3 de enero, suscrita por el Jefe de Recursos Humanos (RR.HH.) a.i., que a su criterio no cuenta con respaldo legal y menos fundamentación alguna, mediante la cual se rechazó su pretensión laboral que se encuentra amparada en la misma ley y diversas sentencias constitucionales.