Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0392/2015-S3
Fecha: 22-Abr-2015
II.3.
II.3. El 7 de marzo de 2014, la hoy accionante, presentó recurso de revocatoria contra el Memorando CITE FGE/RJGP 126/2014, señalando que la normativa en que se amparó tal decisión, no se aplica al agradecimiento de servicios; por lo que, resulta ser una decisión arbitraria, al no permitirle ejercer su derecho de defensa y que si bien existía la facultad de ser suspendida; ello, está condicionado a la existencia de una acusación lo que no ocurrió en su caso; por lo que, se efectuó una interpretación y aplicación indebida de la ley, solicitando la revocatoria del memorando o en su caso se la someta a un debido proceso (fs. 9 a 11 vta.).