SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0418/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0418/2015-S1

Fecha: 30-Abr-2015

Fragmento 11

         La SC 0948/2010-R de 17 de agosto, en relación al tema se expresa con el siguiente razonamiento: “Respecto a la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, este Tribunal Constitucional mediante la       SC 0101/2004-R de 22 de enero, señaló: '…que, vencido el plazo, en ambos sistemas, en lo conducente, el juez o tribunal del proceso, de oficio o a petición de parte, declarará extinguida la acción penal, cuando la dilación del proceso más allá del plazo máximo establecido, sea atribuible al órgano judicial y/o, al Ministerio Público, bajo parámetros objetivos; no procediendo la extinción cuando la dilación del proceso sea atribuible a la conducta del imputado o procesado'.