SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0419/2015-S3
Fecha: 23-Abr-2015
III.3.2. En cuanto al memorial de solicitud de audiencia de cesación a la detención preventiva
De la revisión de obrados en el presente caso, se tiene que la solicitud de audiencia de cesación de la detención preventiva fue solicitada el 11 de junio de 2014; sin embargo hasta la fecha de interposición de la presente acción de defensa (7 de octubre del mismo año) dicha petición no fue resuelta, sin que esa situación hubiese sido desvirtuada o negada por la autoridad hoy demandada que no presentó informe en audiencia ni en forma escrita, por lo que se tiene que transcurrieron 87 días de demora sin que exista señalamiento de audiencia para resolver la situación jurídica de la hora accionante.
En ese contexto, se advierte que la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, no actuó con diligencia y prontitud en el proceso, habiendo incurrido en dilaciones innecesarias, pues teniendo conocimiento que la ahora accionante se encontraba detenida preventivamente desde el 21 de diciembre de 2009, debió resolver con celeridad la solicitud formulada tomando en cuenta las determinaciones pertinentes, aspecto que impele a conceder la tutela de pronto despacho, conforme la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- 1)
- i)
- III.1.La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
- Fragmento 9
- III.3.1. Respecto a las solicitudes de excepción de extinción de la acción penal
- estado de desconocimiento total del procesado acerca de su juzgamiento por una omisión deliberada o no del juzgador,
- III.3.2. En cuanto al memorial de solicitud de audiencia de cesación a la detención preventiva
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