Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0434/2015-S2
Fecha: 29-Abr-2015
II.5.
II.5. Matilde Vargas Uscaymanta Vda. de Monzón, presenta en calidad de prueba fotografías de la vivienda donde habita el accionante en el que se puede apreciar la puerta de entrada a la casa que cuenta con dos chapas, que cuenta con luz eléctrica y agua potable en la lavandería, una ventana en la que se aprecia que cuenta con luz eléctrica (fs. 32 a 33).
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- I.1.3.Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2.Informe de la persona demandada
- concedió
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y la protección directa e inmediata que concede ante medidas de hecho
- III.2. En cuanto a los cortes de energía eléctrica y suministro de agua potable
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR