SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 365/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 365/2015-S1

Fecha: 17-Abr-2015

La ejecución de las sentencias condenatorias ejecutoriadas

Asimismo, el art. 19 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS), señala que: “El Juez de Ejecución Penal es competente para conocer y controlar: 1. La ejecución de las sentencias condenatorias ejecutoriadas que impongan penas o medidas de seguridad y de los incidentes que se produzcan durante su ejecución” (las negrillas son agregadas).