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Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

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Fecha: 08-Abr-2015

II.5.  La destitución, afecta el principio ético morales del 'vivir bien'

         La SCP 0061/2015-S2 de 3 de febrero, refiere que: “‘La destitución sin previo proceso interno, vulnera principios éticos morales de la Constitución, entre ellos el vivir bien (suma qamaña), siendo que la Constitución Política del Estado (CPE) en su art. 117.I, señala: «Ninguna persona puede ser condenada sin haber sido oída y juzgada previamente en un debido proceso».


La conducta del trabajador en su fuente laboral, que vulnere reglas o normas de la institución en la que presta sus servicios, debe ser de conocimiento del trabajador y además para ser despedido, deberá ser oído y juzgado respetando el debido proceso, de lo contrario, se estaría entrando en un despido injusto e injustificado, afectando el principio ético moral del vivir bien (suma qamaña) de él y de su familia.


Las culturas de los pueblos originarios y campesinas desarrollaron el suma qamaña, para convivir en forma colectiva y pacífica, siendo que la cultura aymara la ha desarrollado; por ejemplo,
«si un miembro de una comunidad o pueblo originario no respetaba el acuerdo previo que tuvieron (épocas de siembra en el año y lugares que van a utilizar para una determinada actividad), era convocado a una asamblea colectiva, para que explique su actitud, luego de ser escuchado el infractor como todos los miembros de la comunidad, en consenso se decidía su responsabilidad o su inocencia, y no podía ser privado de forma arbitraria (sin escuchar a la persona individual y a toda la colectividad), de lo que había sembrado y/o cosechado.


Por lo que el vivir bien también va desarrollado a que la sociedad y el Estado cultiven la paz entre los habitantes, siendo que si se sanciona una determinada conducta acorde con las normas de la colectividad e individual debe ser previo haberse escuchado razones que pueda tener el infractor, para que exista respeto al derecho del trabajador y se defienda de las supuestas irregularidades que haya cometido con su conducta como trabajador activo; con el fin de encontrar la pacífica convivencia de la sociedad (trabajador) y el Estado Plurinacional y así llegar a vivir bien en un Estado de paz y justicia»'”.