AUTO CONSTITUCIONAL 0117/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0117/2015-RCA

Fecha: 07-May-2015

1)

La Sala Civil Comercial y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución de 25 de marzo de 2015, cursante a fs. 217, dispuso que el accionante dentro del plazo de tres días dé cumplimiento a la previsión contenida en el art. 33.2, 4 y 8 del Código Procesal Constitucional (CPCo), al efecto: 1) Presente fotocopias legalizadas de los documentos que pide sean dejados sin efecto; 2) Explique la relación de causalidad entre los hechos y derechos vulnerados, además de explicar la subsidiariedad administrativa correspondiente; 3) Individualice a los terceros interesados señalando su domicilio; y, 4) Precise su petitorio.