Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0126/2015-RCA
Fecha: 20-May-2015
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 15 de abril de 2015, cursante a fs. 53, pronunciada por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituido en Tribunal de garantías.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- I.4. Resolución del Tribunal de garantías
- rechazó “in limine”
- a)
- Fragmento 7
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- o de su representante legal
- II.2. Sobre la legitimación activa para la presentación de amparo constitucional
- la legitimación activa es un requisito de procedencia de la acción de amparo constitucional, en la que el accionante debe demostrar esa vinculación entre el acto que impugna y su derecho supuestamente vulnerado;
- rechazada “in limine”
- CONFIRMAR