Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0128/2015-RCA
Fecha: 20-May-2015
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional: en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 17 de abril de 2015, cursante a fs. 71 vta., pronunciada por la Sala Contenciosa Administrativa y Social del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, constituida en Tribunal de garantías.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- a)
- “rechazó”
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computables a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
- rechazara”
- 1)
- CONFIRMAR