AUTO CONSTITUCIONAL 0135/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0135/2015-RCA

Fecha: 22-May-2015

rechazó

La Jueza Segunda de Sentencia Penal en suplencia legal de su similar Primera del departamento de La Paz, por Resolución de 5 de mayo de 2015, cursante a fs. 6, “rechazó” la acción, fundamentando: a) Que de la revisión del sistema “IANUS”, se advierte que Noel Arturo Vaca López, interpuso diversos “recursos” de acción de libertad, alegando diferentes vulneraciones a sus derechos, asimismo, conforme se tiene de los argumentos expuestos en el memorial de ésta acción tutelar, los hechos que se pretende demandar, no se encuentran dentro de los alcances del art. 125 de la Constitución Política del Estado (CPE) y el Procedimiento Constitucional, ya que los mismos deben estar vinculados a la libertad, aspecto que no acontece; b) Se debe tener presente que la acción de libertad se promueve, cuando se agotaron los recursos ordinarios expeditos para formular reclamos, quejas o abusos de autoridad de parte de los encargados del centro penitenciario; y, c) El imputado una vez que es sometido a detención preventiva, cuenta con un juez de ejecución penal que controla su permanencia en el recinto penitenciario; consiguientemente deberá acudir de forma directa ante el mismo.