AUTO CONSTITUCIONAL 0198/2015-CA
Fecha: 22-May-2015
la carencia absoluta de fundamentos jurídico constitucionales alude a una operación argumentativa ineludible, basada en razonamientos constitucionales que sean suficientes de acuerdo al caso concreto que se analiza, para germinar una duda sobre la adecuación de la norma demandada a los valores, principios y normas de la Constitución
Respecto a este punto, y específicamente concerniente a la ausencia de carga argumentativa, la jurisprudencia constitucional ha señalado en la SCP 1337/2014 de 30 de junio, que: “…la carencia absoluta de fundamentos jurídico constitucionales alude a una operación argumentativa ineludible, basada en razonamientos constitucionales que sean suficientes de acuerdo al caso concreto que se analiza, para germinar una duda sobre la adecuación de la norma demandada a los valores, principios y normas de la Constitución Política del Estado; más no es una operación dependiente de la extensión de la demanda o la acumulación de doctrina y jurisprudencia, sino que consiste en la presentación de razonamientos y criterios derivados de la Ley Fundamental, que configure una duda razonable y haga justificable un examen de los mismos, con el objeto de verificar si la norma demandada es conforme a la Norma Suprema” (las negrillas son ilustrativas), teniendo como lógica consecuencia el rechazo de la acción de inconstitucionalidad concreta planteada, “… porque sólo es coherente con la jurisdicción constitucional abrir a trámite aquellas causas que se enmarquen dentro de los presupuestos, alcances, finalidad y ámbito de protección que brinda determinado recurso o acción constitucional…” (las negrillas son añadidas) como establece el ACP 0002/2013-RQ de 28 de junio.
- José Luis Quiroga Flores, Juez Vigésimoprimero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- “no promover”
- I.4. Trámite procesal
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- los requisitos que deberán contener en este caso
- la carencia absoluta de fundamentos jurídico constitucionales alude a una operación argumentativa ineludible, basada en razonamientos constitucionales que sean suficientes de acuerdo al caso concreto que se analiza, para germinar una duda sobre la adecuación de la norma demandada a los valores, principios y normas de la Constitución
- II.3. Análisis del caso concreto