AUTO CONSTITUCIONAL 0198/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0198/2015-CA

Fecha: 22-May-2015

los requisitos que deberán contener en este caso

En correspondencia al precepto constitucional citado, el Código Procesal Constitucional establece reglas comunes en las acciones de inconstitucionalidad, conflictos de competencias, consultas y recursos, en cuyo capitulo prescribe los requisitos que deberán contener en este caso, las acciones de inconstitucionalidad concreta, expresando en su art. 24, en lo siguiente: 

1. Nombre, apellido y generales de ley de quien interpone la acción, demanda, consulta o recurso, o de su representante legal, acompañando en este último caso la documentación que acredite su personería. Además deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.