AUTO CONSTITUCIONAL 053/2015-CA-MC/S
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 053/2015-CA-MC/S

Fecha: 11-May-2015

el retiro o el desistimiento de un recurso de amparo

El Tribunal Constitucional Plurinacional ya se pronunció acerca del desistimiento en la acción de amparo constitucional y entre su reiterada jurisprudencia se encuentra la SC 0978/2004-R de 23 de junio, señaló que procede el desistimiento y archivo de obrados, en base al siguiente fundamento:“…el retiro o el desistimiento de un recurso de amparo en este caso cuando responde a la decisión libre y voluntaria de la parte recurrente, expresada de manera clara, expresa y contundente, constituye un acto de manifestación de voluntad que debe ser respetada, en razón de que los derechos se ejercen por voluntad del titular del mismo; consecuentemente, cuando una persona acude a la jurisdicción constitucional en busca de la protección de sus derechos fundamentales y garantías constitucionales y previo a la consideración y resolución de la demanda de amparo retira la misma o desiste de ella, corresponde únicamente, su aceptación.