Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0441/2015-S1
Fecha: 08-May-2015
II.3.
II.3. El 4 de junio de 2014, mediante formulario de finiquito, Aquilino Pascual Bernal Cruz, “declaro que en la fecha recibo a mi entera satisfacción el importe de 126. 477. 59 Bs, por concepto de la liquidación de mis beneficios sociales, de conformidad con la Ley General del Trabajo, su Decreto Reglamentario y disposiciones conexas” (sic), documento que llevan las firmas, tanto del interesado, como del Superintendente de Recursos Humanos de la empresa Minera “San Cristóbal S.A.” así como el visto bueno del Inspector del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Uyuni (fs. 79 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el desistimiento o retiro de la acción de amparo constitucional
- es aplicable en la jurisdicción constitucional dentro de los recursos que admiten el desistimiento, tal es el caso del recurso de amparo constitucional, siempre y cuando sea expuesto en forma expresa antes del pronunciamiento de la respectiva sentencia constitucional, y no existan razones de orden público o relevancia nacional (…)', entendimiento doctrinal de orden procesal que se aplica a los recursos, cuando se encuentran con los jueces o tribunales de amparo e inclusive en grado de revisión ante este Tribunal´
- que ante una situación donde el accionante presente su desistimiento o retiro de demanda dentro de una acción de amparo constitucional, ya sea ante el juez o tribunal de garantías o en la fase de revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, dada la naturaleza de la misma, corresponde a este Tribunal aceptar el desistimiento o retiro sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR